Alianza Lima: esta es la carta con el reclamo que presentó para evitar el descenso – FOTO

La directiva de Alianza Lima no baja los brazos en busca de mantenerse en la Liga 1, a pesar de que se consumó el descenso a la segunda división tras la derrota ante Sport Huancayo. Desde el club de La Victoria quiere hacer valer el reglamento con un reclamo que haría descender a Carlos Stein y no a ellos.

Recordemos que oficialmente en la tabla de posiciones del campeonato, Carlos Stein terminó con 27 puntos y Alianza Lima con 26 unidades, suma que le evitó volver a la división de ascenso. No obstante, el caso por incumplimiento de pagos se presentó horas después y por ahora no se da por cerrada la baja.

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Según se había podido conocer, el motivo del reclamo tiene que ver con que el equipo de Lambayeque no cumplió con las fechas indicadas para hacer el pago a su plantel. Las autoridades de la Liga de Fútbol Profesional del Perú realizaba advertencias o sanciones económicas, pero en caso de reiteración podían ser más graves.

LÍBERO pudo conocer en exclusiva más detalles sobre la carta enviada por Alianza Lima. Así detallan en un principio:

“Como club deportivo y bajo las normas y reglamentos de la Federación Peruana de Fútbol (FPF), que es de obligatorio cumplimiento y que, todos los participantes de la Liga 1 Movistar 2020 estamos en la obligación de cumplir con el rigor de una sanción debidamente tipificada, ponemos en conocimiento de su Comisión lo acontecido dado que esto constituye un hecho de importancia general para todos los clubes que disputan el campeonato Liga 1”, se puede leer en el documento.

Revisa el reclamo de Alianza Lima a Carlos Stein

Este es el documento que obtuvo LÍBERO con el reclamo de Alianza Lima.

Reclamo de Sanción Conforme Al Reglamento de Licencias (1) on Scribd

Es así como el propio reglamento de licencias determina que si un club dentro del mismo ejercicio no cumpliese dos veces con sustentar el pago oportuno de las obligaciones contenidas en el acápite 1 de articulo 76°, la autoridad competente tiene que aplicar bajo responsabilidad la sanción prevista en el numeral iii) de la letra a) de acápite 1 del artículo 88, la cual está referida a la deducción de puntos en el campeonato. Siendo así es que corresponde legalmente su aplicación por haber reincidido en el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el acápite 1 del artículo 76° tal como queda acreditado no solo con la resolución 0034-CCL-2020, y con lo señalado en la resolución N° 0076-CCL-2020 que indica claramente que el Club Carlos Stein no ha cumplido con el pago oportuno de los aportes previsionales (obligación contenido en el acápite 1 del artículo 76°) en el mes de septiembre del 2020.

De la misma forma, Alianza Lima revela que Carlos Stein no cumplió de manera oportuna con los pagos de febrero y septiembre, lo que evidencia una reiterada falta al reglamento. Por las normas establecidas, debería corresponder a una deducción de puntos en el torneo que se disputa actualmente. De proceder, el cuadro norteño pasará a ocupar la zona de descenso directo.